Hoy, 31 de marzo de 2021, se abre el plazo para solicitar las ayudas al alquiler de vivienda del Plan estatal de vivienda 2018-2021
Estas ayudas se dividen en dos líneas:
- Línea A: La finalidad es facilitar el disfrute de una vivienda en régimen de alquiler a sectores de la población con escasos medios económicos.
- Línea B: Tiene por finalidad facilitar el disfrute de una vivienda en régimen de alquiler a personas menores de 35 años con escasos recursos económicos.
Para poder beneficiarse de esta ayuda al alquiler de vivienda, los inquilinos deben estar en posesión de la nacionalidad española, ser titulares de un contrato de arrendamiento de mínimo un año y que la renta no supere los 600,00 €, que la vivienda constituya la residencia habitual y permanente, y que la unidad de convivencia no tenga ingresos superiores a dos veces el IPREM [esta cuantía variará en función de circunstancias personales].
No podrán beneficiarse de esta ayuda aquellas personas que sean titulares de una vivienda en España. Tampoco podrán beneficiarse aquellos inquilinos que tengan relación de parentesco con el arrendador.
Estas ayudas al alquiler de vivienda tendrán carácter retroactivo para aquellos contratos suscritos antes del 1 de enero de 2021. La fecha de efectos será el 1 de enero de 2021.
Los contratos suscritos con posterioridad al 1 de enero de 2021, tendrá efectos desde el día en que se suscribió el contrato de arrendamiento.
La cuantía de la ayudas podrá alcanzar hasta el 50 % de la renta mensual de alquiler.
El plazo para solicitar la ayuda al alquiler finaliza el 30 de abril de 2021.
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