Se ha hecho esperar más de lo previsto pero desde mañana, 5 de mayo de 2020, todos aquellos empleados de hogar que hayan visto reducida su jornada total o parcialmente, así como aquellos que hayan visto finalizada su relación laboral, ya sea por despido o por desistimiento del empleador, podrán solicitar el subsidio para empleados de hogar siempre que su situación derive del Covid 19 y haya sido por causas ajenas a su voluntad.
El plazo para solicitar el subsidio para empleados de hogar es desde el 5 de mayo de 2020 hasta el último día del mes siguiente al que finalice el estado de alarma.
Podrá solicitarse bien de forma online a través de WWW.SEPE.ES siempre que se disponga de DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve, o en ausencia de ello, también se podrá presentar de forma presencial a través de las oficinas de correos, enviando la solicitud a la Unidad Subsidio Empleadas Hogar-Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal- Calle Condesa de Venadito Nº9, 28027-Madrid.
A parte del formulario de solicitud se deberá aportar copia del DNI tanto del empleador/es como del trabajador, así como una declaración responsable por cada uno de los empleadores en donde constará la circunstancia que motiva la solicitud del subsidio para empleados de hogar derivado del Covid 19. Ambos formularios, solicitud y declaración responsable, están a disposición en la sede del SEPE.
El importe a percibir por este subsidio para empleados de hogar será del 70 % de la base reguladora correspondiente a la actividad que hubiera dejado de realizar, y se percibirá hasta que el empleado de hogar se reincorpore ha su jornada habitual, o hasta un mes después de que finalice el estado de alarma en el caso de que la relación laboral finalizase. Todo ello siempre que siga cumpliendo los requisitos.
Cualquier duda, nos ponemos a vuestra disposición.