Cuando parecía que el debate había terminado, una reciente Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid contradice el criterio de Hacienda y del Tribunal Económico Administrativo Central, al considerar el TSJ Madrid que la prestación de maternidad y paternidad está exenta de tributar en IRPF y por lo tanto procede la devolución de las cuotas ingresadas indebidamente considerando sus importes.
Es la segunda sentencia que se pronuncia en el mismo sentido. No obstante y a pesar de ello, habrá que esperar a que sea el Supremo el que dirima la cuestión al haber ya otras Sentencias que se pronuncian en sentido contrario -a favor del criterio fijado por Hacienda, que establece que las prestaciones de maternidad y paternidad están sujetas a IRPF y por tanto debe tributarse por lo percibido-.
Se trata de un tema muy controvertido que pone en jaque a la administración tributaria. El pronunciamiento del Supremo podría modificar el criterio aplicado hasta la fecha por Hacienda y dar lugar a un aluvión de reclamaciones solicitando la devolución del IRPF de las prestaciones de maternidad y paternidad disfrutadas desde el año 2012 hasta la fecha – el plazo de prescripción para reclamar estas cantidades es de 4 años-.
Es por ello que aquéllos que ya han iniciado sus reclamaciones deben mantenerlas vivas – agotando todas las vías- hasta que el Supremo se pronuncie sobre cuál es el criterio a aplicar; especialmente las que se refieran a prestaciones de maternidad y paternidad anteriores al 2012, para que no prescriban y se queden sin la oportunidad de reclamarlas en el caso de que el Tribunal Supremo las considere exentas.
A aquéllos que no hayan presentado todavía su reclamación y teniendo en cuenta que exigen una serie de trámites, os animamos a que lo hagáis ya para ir ganando tiempo, a la espera de que el Supremo fije su criterio y, en caso de que resulten exentas el IRPF las prestaciones de maternidad y paternidad, la devolución de importe retenido indebidamente sea más rápida.
Si te encuentras en esta situación, ponte en contacto con nosotros: te asesoraremos sobre cómo reclamar la devolución del IRPF de tu prestación de maternidad y paternidad.