CONVOCATORIA 2017 DE AYUDAS A LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO AUTÓNOMO Y AYUDAS A PERSONAS AUTÓNOMAS PARA LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE PERSONAS ASALARIADAS.

Hoy, 13 de marzo de 2017, se ha publicado en el DOG las bases reguladoras de las ayudas para la promoción y consolidación del empleo autónomo, a través de dos programas:
 
El primero de ellos, concede una ayuda económica a aquellas personas desempleadas que pretendan desenvolver una actividad empresarial o profesional como persona autónoma, y causen alta en la Seguridad Social entre el 1 de octubre de 2016 y 30 de septiembre de 2017. No exige inversión inicial.
La cuantía de estas ayudas será de 2000 €, pudiendo incrementarse hasta 4000 €, en función de determinadas circunstancias.
 
El segundo, concede una ayuda a aquellos autónomos por las tres primeras contrataciones indefinidas de personas desempleadas que formalicen entre el 1 de octubre de 2016 y el 30 de septiembre de 2017. La primera contratación deberá necesariamente formalizarse en el primer año de actividad. La segunda y tercera podrán formalizarse hasta el tercer año de actividad.
La cuantía de los incentivos será de 5000 € por la primera persona contratada, y de 6000 € por la segunda y tercera, pudiendo incrementarse hasta 12000 € en función de determinadas circunstancias.
 
El plazo para presentar la solicitud, en el primero de los casos, será desde el día siguiente a la publicación de esta Orden y hasta el 30 de septiembre de 2017.
En el segundo caso, en las contrataciones realizadas antes de la publicación de esta Orden, el plazo finalizará en dos mes desde el día siguiente a la publicación. En las contrataciones formalizadas desde la entrada en vigor de esta Orden, el plazo finalizará el último día del segundo mes siguiente a la fecha en la que se inicie la relación laboral, con un límite del 30 de septiembre de 2017.
 
En ambos casos, el plazo para resolver y notificar por parte de la Administración será de 3 meses desde la fecha de entrada de la solicitud. Transcurrido el plazo sin que se dicte resolución expresa se entenderá desestimada la solicitud.
En el enlace que se sigue, podéis ojear la Orden.
 
Para más información y trámites, Calle Marquesa nº5, 3ºH, 36002 Pontevedra. 986 86 05 01.
 
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2017/20170313/AnuncioG0424-010317-0005_gl.html
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